http://observador.pt/opiniao/manifesto-pela-legalizacao-do-amor-digno/
No es razonable que algunos portugueses, que están contra
‘el amor digno’, impongan su prejuicio religioso. Más aún: tratándose del
derecho fundamental a la dignidad familiar, no puede ser refrendado.
Gracias a la reinante
mayoría de izquierda parlamentaria, ya es posible el aborto libre, sin
impuestos moderadores ni esclarecimiento obligatorio, y está a punto de
permitirse la eutanasia, esto es el derecho a una ‘muerte digna’. Pero aún no
se admite el ‘amor digno’, o sea el uso voluntario de la violencia contra un
pariente cercano que deshonra a la familia, causándole un sufrimiento
intolerable. En la ya sobrepasada terminología moralista, el ‘amor digno’ era
denominado ‘violencia doméstica’, designación tan desagradable y anacrónica en
cuanto a las palabras ‘aborto’ y ‘eutanasia’, en buena hora sustituidas,
respectivamente, por las expresiones ¡interrupción voluntaria del embarazo’ y derecho
a una muerte digna’!
El ‘amor digno’ es, en
muchos casos, el único medio de asegurar la honra de las familias. Por eso,
ante la indignidad de un pariente invariablemente ebrio, por ejemplo, hay que
autorizar el uso de la fuerza por el cónyuge ofendido, o por los descendientes
infamados, en legítima defensa de la dignidad familiar.
Tal vez alguien pudiese
objetar que, así entendido, el ‘amor digno’ no sería propiamente voluntario. Es
cierto, pero tampoco lo es, para la
víctima, la eufemísticamente llamada interrupción ‘voluntaria’ del embarazo,
aunque lo sea para quien la ley atribuye el derecho de hacer inviable al nascituros.
Mutatis mutandis, el ‘amor digno’ tampoco sería, en este sentido, ‘voluntario’:
no para el familiar violentado, pero sí para quien, al abrigo de la ley y en
defensa del buen nombre familiar, hiciese inviable, a la fuerza, la indignidad
ofensiva.
Tal vez algunos defensores
de la moral tradicional entiendan que, aunque pueda ser aceptable la muerte a
petición, nunca lo es el ‘amor digno’. ¿Pero, si se permite que alguien sea
muerto, lo cual es definitivo e irreversible, cuál es la razón para impedir que
se ponga término a la deshonra intolerable de los parientes, cuando tal
actuación ni siquiera causa, por regla general, efectos definitivos e
irreversibles?
Es verdad que el ‘amor digno’
contradice el mandamiento nuevo de la caridad cristina; así como el cuarto
mandamiento de la Ley de Dios, que exige honrar padre y madre; y aún el deber
de respeto mutuo, a que los cónyuges católicos están obligados. Con todo, la
laicidad de la república portuguesa no puede permitir que la ley civil sea
cercenada por estos pruritos judaico-cristianos, que solo restrinjan la
libertad de los ciudadanos.
Insístase en una cuestión
que no es de menor importancia: ¡no se pretende que nadie sea obligado al ‘amor
digno’! ¡De ningún modo! ¡Cada cónyuge o descendiente haga lo que quiera con
sus respectivos familiares! Lo que no es razonable es que algunos portugueses,
que están contra el ‘amor digno’, impongan a los otros su prejuicio religioso.
Por otro lado, es obvio que, tratándose del derecho fundamental a la dignidad
familiar, no puede ni debe ser refrendado.
Todavía un argumento
recurrente, que se podría decir de ‘realismo jurídico’. No vale la pena esconder
que el ‘amor digno’ ya existe en muchos países y hasta en muchas familias
portuguesas, aunque algunos, hipócritamente, no lo quieran reconocer. Por
tanto, se trata solo de legalizar una realidad que la sociedad portuguesa ya
conoce y algunos hasta aprueban, como se demuestra por el proverbio ‘quanto
mais me bates, mais eu gosto de ti!’ Son, al final, familias iguales a las
otras, con las cuales nos cruzamos todos los días. Hay incluso figuras públicas
que son conocidas porque practican el ’amor digno’.
Este manifiesto se propone
también revocar la legislación en vigor, que es contradictoria y homofóbica. ¡De
hecho, si dos jugadores de boxeo del mismo sexo luchan en un ring, practican un
deporte legal; pero, si estuvieran casados y anduvieran a golpes en casa,
cometen el crimen público de violencia doméstica! ¡Es obvio que esta hipocresía
legal y esta inconstitucional discriminación, por razón de género, solo podrá
ser resuelta con la legalización del ‘amor digno’!
PS: Aviso a navegantes: este
texto no es a favor de la despenalización de la violencia doméstica, que es un
crimen horrible y que, como tal, debe continuar siendo castigado. No es tampoco
ninguna desconsideración hacia las víctimas inocentes de malos tratos
familiares, que merecen la mayor compasión y total solidaridad. Es sólo un
ejercicio de argumentación que, por la aplicación, al ‘amor digno’, de los
criterios usados a favor de la eutanasia y del aborto, se procura denunciar,
con alguna ironía, esa justificación falaz.
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