martes, 12 de septiembre de 2017

SITUACIONES DIFÍCILES II

Pablo Garrido Sánchez


La misericordia como principio

El papa Francisco dedica los últimos números de este capítulo ocho a poner de relieve la Misericordia divina como principio de actuación en todo el proceso de acompañamiento, discernimiento e integración de las personas en situaciones consideradas irregulares. Tomar en serio la Misericordia divina exige discernimiento, y el discernimiento práctico nos complica la vida, porque lleva a las fronteras donde no cabe otra cosa que fiarse de DIOS y demoler las seguridades construidas de modo artificial. Es una falacia proponer alternativas como justicia o misericordia. La Justicia divina no puede acercarse a nosotros más que a través de su Misericordia dada nuestra precariedad y limitación. Y la Misericordia divina por su perfección y omnipotencia nos hace justos ante DIOS mismo por pura Gracia. Las acciones que nosotros realizamos que se puedan catalogar como meritorias pertenecen al orden mismo de la Gracia, y en todo caso damos gratis lo que gratis hemos recibido (Cf. Mt 10,8 ). La vara para medir, sólo DIOS la tiene; la balanza para juzgar está en las manos de DIOS; y las condenas resolutorias pertenecen a la máxima soberanía divina (Cf. Lc 6,37 ). JESÚS no despreció la Ley contenida en el Antiguo Testamento, pero la relativizó al bien del hombre mismo: “El sábado está hecho para el hombre, y no el hombre para el sábado” (Mc. 2,27).

Primera y segunda generación cristiana


La doctrina de san Pablo sobre el matrimonio, perteneciente a la primera generación cristiana, contempla el divorcio en atención a los impedimentos para vivir la Fe por parte del cónyuge creyente (Cf. 1Cor 7,15) San Pablo sabía del mandato del SEÑOR en cuanto a la indisolubilidad del vínculo matrimonial (Cf. 1Cor 7, 10). Entramos en este caso en una situación en que ha de aplicarse la gradualidad en el cumplimiento de la norma o de la ley prescrita (Catecismo de la Iglesia Catolica,n.1735 y 2352). El principio está dado, el SEÑOR lo dejó establecido, pero existen casos en que el propio principio no es posible mantenerlo en orden a un bien mayor.
El evangelio de san Mateo se escribe entrada la segunda generación cristiana, allá por el año ochenta, y recoge la práctica habida en las comunidades mateanas que enmarcan el ámbito en el que se va a escribir este evangelio. Las palabras del SEÑOR sobre la indisolubilidad del matrimonio eran conocidas por estas comunidades, pero como las comunidades evangelizadas por san Pablo establecieron excepciones a la norma o principio, que venía de los orígenes y que elevó a vínculo indisoluble el propio JESÚS: Lo que DIOS ha unido, que no lo separe el hombre (Mt 19,6). Para los exégetas actuales la excepción a la permanencia del vínculo matrimonial una vez establecido radica en el propio adulterio que establece una traición al compromiso adquirido ante DIOS en la unión matrimonial. La Ley judía podía llegar a la lapidación de la mujer, si esta era la parte culpable, y en cualquier caso el marido tenía la obligación de darle el acta de divorcio. Por tanto, es lógico que las primeras comunidades recogiesen la salvedad del adulterio para considerar disuelto el vínculo. Otra cosa distinta era la separación o divorcio “por cualquier causa” (Mt, 19,3). Cualquier causa” abarcaba desde cualquier nimiedad, como un grano en la mujer en una zona del cuerpo que al marido no le gustase; otras cosas más importantes como aspectos del carácter que hiciesen inconveniente la convivencia. El divorcio era y es una institución recogida dentro del Pentateuco y JESÚS la supera, pero las primeras comunidades entienden que puede haber excepciones al propio principio establecido por JESÚS. La discusión exegética entre el texto del evangelio de Marcos (Mc, 10,9), y el evangelio de Mateo que establece el caso de adulterio para conceder el divorcio, supone un criterio a tener en cuenta para entender la posición de la Iglesia Católica con respecto a esta cuestión capital de la convivencia humana.
Las dos excepciones consideradas, la de san Pablo y la de san Mateo, nos dispone de nuevo a considerar la validez normativa de un principio moral y espiritual, y la gradualidad en el cumplimiento del mismo. El papa Francisco quiere disponernos a la difícil tarea del discernimiento que afecta a uno mismo y que debe tener en cuenta las situaciones ajenas. La escala de grises es grande, pero no puede convertirse en la puerta de entrada al relativismo moral, por lo que desde el principio hasta el final todo el proceso de discernimiento tiene que estar presidido por una conciencia clara y creciente de la Misericordia divina, que hace posible que la Justicia divina sea justa para los hombres. Una justicia humana o divina sin la presencia de la Misericordia se convierte en la más flagrante de las injusticias. Una justicia, que no tenga en cuenta las circunstancias y los condicionamientos humanos, tanto internos y personales como sociales, deriva en una condena sin paliativos en la mayoría de los casos. Una justicia sin Misericordia, ¿es una justicia realista? Una justicia sin misericordia, ¿juzga a la persona en su integridad y misterio, o lo hace parcialmente? DIOS, ¿puede prescindir de su Misericordia para juzgar? Decimos: Dios es Santo y es perfecto, ¿lo es por su Justicia o por su Misericordia? DIOS es Justo y Santo e incompatible con el pecado, pero es capaz de santificar y justificar al pecador, manifestando así su omnipotencia. En este punto se encuentra la fuente regeneradora que emana de la Cruz de JESÚS. No existe pecado que en la Cruz de JESÚS no haya quedado destruido y no hay situación que no pueda ser restablecida desde la omnipotencia encerrada en la máxima debilidad humana del CRUCIFICADO. Ninguna jerarquía eclesiástica o cristiano de a pie se debería apartar de este principio redentor para resolver, desde ahí, todas las situaciones humanas que estando tan desfiguradas ya no parecen humanas como reza el salmo veintiuno y el cuarto cántico del Siervo de YAHVEH (Slm 21,; Is 53,2).

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